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Cambios en Hacienda que podrían afectar tu negocio

Cambios en Hacienda que podrían afectar tu negocio

¿Das servicios a través de plataformas digitales, rentas inmuebles, tienes ventas por catálogo o vendes bebidas saborizadas? La iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación 2020 contiene varios cambios que te importan.

El ejecutivo federal se comprometió a que no aumentarán los impuestos, ni creará nuevos, durante la primera mitad de su mandato, y así lo ha hecho hasta ahora.

Sin embargo, La propuesta de Paquete Económico 2020 contiene varias propuestas para recaudar más en el sector de la economía digital, así como reducir los espacios para la elusión y evasión fiscal en otras actividades, como en los arrendamientos y en las ventas por catálogo.

Te contamos cuáles son las principales propuestas de cambios para el próximo año y que vienen en el Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación.

Para empezar, ¿por qué Hacienda quiere cobrar impuestos a la economía digital?

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dice en su exposición de motivos que desde 2013, el G20, al cual pertenece México, ya estaba abordando los problemas que supone la economía digital para cobrar impuestos a empresas que tienen presencia virtual en otro país diferente a donde está su domicilio fiscal.

Además, el potencial de incremento de recaudación en México es grande: 14.6 millones de personas utilizan internet para ordenar y comprar productos y 7 millones lo usan para ventas, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

“Si bien la digitalización de la economía tiene beneficios importantes para la economía en su conjunto, como generar mayor competencia entre oferentes y por ende, mejores precios y calidad en productos y servicios para los demandantes, también ha generado un área de oportunidad, ya que el marco legal y tributario de nuestro país se encuentra desactualizado por una realidad que ha sido transformada profundamente por el avance tecnológico de la última década”, indica la Secretaría de Hacienda en su exposición de motivos.

Ahora sí, ¿cuáles son los principales cambios?

En cuanto a economía digital se refiere, Hacienda divide en dos los tipos de servicios a gravarse: los de intermediación (como Uber, Cabify, Rappi, etc.); y los de consumo final de los hogares, que incluyen películas, texto, información, video, audio, música y juegos (Netflix, Spotify, entre otros).

En el caso de los intermediarios, se les cobrará:

Retener el 50% del IVA cobrado
Enterar la retención mensualmente
Expedir al retenido un CFDI
Inscribirse en el RFC como persona retenedora

Los que prestan servicios de consumo final en hogares también deberán cobrar el IVA. Cabe aclarar que estas medidas aplican tanto para las empresas sin domicilio físico en México, como las que sí lo tienen. Así que, si tu emprendimiento participa en la economía colaborativa o presta un servicio digital, también tendrás que pagar el IVA como los demás gigantes tecnológicos.

También las empresas digitales estarán sujetas a pagar el impuesto sobre la renta (ISR) correspondiente por la venta de productos o servicios y por la intermediación con terceros.

De aprobarse las reformas, estas entrarán en vigor a partir del 1 de abril de 2020.